PRIMERA: EMPRESA RESPONSABLE:
La presente promoción es organizada y responsabilidad de KIPESA, SOCIEDAD ANÓNIMA (KIPESA, S.A.), en lo sucesivo simplemente “KIPESA”, distribuidor autorizado de la marca KIA en Nicaragua, con domicilio en la ciudad de Managua. KIPESA se encuentra identificada con Cédula RUC No. J0310000298874.
Esta promoción se llevará a cabo en todos los concesionarios autorizados en los diferentes departamentos de Nicaragua en los cuales tenga presencia física KIPESA, especialmente pero no limitado a los siguientes concesionarios:
- Managua, Kia Showroom: Kilómetro 8.5 Carretera Masaya, Managua.
- Chinandega: Centro Plaza Occidente. Chinandega.
- Estelí: Multicentro 100 metros al Norte, Estelí.
SEGUNDA: ACEPTACIÓN DE TÉRMINOS Y CONDICIONES:
La presente promoción se regirá bajo reglas y condiciones que se establecerán más adelante en el presente documento. Por el solo hecho de formar parte de la promoción, los participantes se dan por entendidos y aceptan todas las cláusulas de este reglamento en forma incondicional, incluyendo aquellas cláusulas que limitan la responsabilidad de KIPESA. Asimismo, aceptan someterse a las decisiones de KIPESA, en cualquier asunto relacionado con la promoción conforme lo aquí establecido.
TERCERA: OBJETIVO Y DURACIÓN DE LA PROMOCIÓN:
KIPESA desea premiar la lealtad de todos sus clientes durante la promoción que lleva por nombre “Año Gratis de Combustible”, la cual tendrá una duración y estará vigente desde el 12 de Noviembre del año 2025 al 31 de Diciembre del año 2025, o hasta agotar el número máximo de beneficios disponibles (32 tarjetas de combustible), lo que ocurra primero.
CUARTA: PARTICIPANTES Y REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN:
Podrán participar todas las personas naturales que sean mayores de dieciocho años, que cuenten con su cédula de identidad. Además, podrán concursar extranjeros que cuenten con cédula de residencia nicaragüense o pasaporte vigente y/o las personas jurídicas que, durante el período de vigencia de esta promoción, compren y cancelen el precio de venta una camioneta nueva Pick Up, Marca KIA, Modelo TASMAN, Año 2026, en los concesionarios autorizados de KIPESA, mencionados en la Cláusula Primera.
Queda entendido que la promoción aplica únicamente para el modelo camioneta nueva Pick Up, Marca KIA, Modelo TASMAN, Año 2026. Por lo tanto, no participan otros modelos de la misma marca ni de otros años.
QUINTA: MECÁNICA Y BENEFICIO PROMOCIONAL:
El beneficio de esta promoción consiste en que, una vez el cliente compre y cancele el precio de una camioneta nueva Pick Up, Marca KIA, Modelo TASMAN, Año 2026, en los concesionarios autorizados de KIPESA, a éste se le hará entrega de una tarjeta precargada de combustible UNO Plus, que recibirá de manera automática una recarga mensual de 80 litros de Gasolina Plus91 con Dynamax+, durante doce (12) meses consecutivos, contados a partir del mes de entrega del vehículo al cliente.
No aplica para otros tipos de combustible ni lubricantes.
La tarjeta será entregada al cliente dentro de las dos (2) semanas posteriores a la entrega del vehículo, en las oficinas de KIPESA ubicadas en el kilómetro 8 ½ Carretera a Masaya, en Managua.
Se anexa el listado de las estaciones de servicio donde se puede utilizar la tarjeta a nivel nacional.
Una vez alcanzado el límite total de tarjetas emitidas, la promoción se considerará finalizada, aun cuando el período de vigencia no haya concluido.
SEXTA: CONDICIONES GENERALES Y RESTRICCIONES:
La promoción no aplica retroactivamente para compras realizadas antes del inicio de la vigencia.
Los beneficios no son acumulables con otras promociones, descuentos o incentivos vigentes.
El beneficio es personal e intransferible y no podrá canjearse por dinero en efectivo ni por otros bienes o servicios.
En caso de venta o transferencia del vehículo dentro de los primeros doce (12) meses posteriores a la compra, el beneficio se extinguirá automáticamente.
La recarga mensual se mantendrá vigente únicamente si el cliente no presenta mora ni incumplimiento en su financiamiento o pago del vehículo.
En caso de no consumirse totalmente la recarga del mes, el saldo no se acumula para el mes siguiente.
KIPESA no se responsabiliza por pérdida, robo o daño de la tarjeta de combustible una vez entregada. Es decir, no se le entregará una nueva tarjeta al cliente.
Si se demuestra fraude de parte del concursante, KIPESA ejercerá las actividades para reclamar y recuperar el premio del ganador fraudulento y ejercerá las acciones legales o penales que correspondan. De dicha circunstancia también se notificará a las autoridades correspondientes en materia de Protección al Consumidor.
Las imágenes utilizadas en materiales promocionales son de carácter referencial e ilustrativo.
La empresa se reserva el derecho de sustituir el beneficio por otro de igual o de mayor valor, en caso de fuerza mayor o causas ajenas a su control.
Los clientes deberán proporcionar a KIPESA la información personal o documentación que permita identificarles, así como cualquier otra que sea requerida por la autoridad competente. Asimismo, los clientes expresamente autorizan a KIPESA a publicar cualquier información o fotografía por cualquier medio digital, únicamente para efectos de esta promoción.
SÉPTIMA: PATROCINADORES:
Es patrocinador oficial de la presente promoción es únicamente KIPESA, SOCIEDAD ANÓNIMA (KIPESA, S.A.).
OCTAVA: MEDIOS DE COMUNICACIÓN VÁLIDOS:
Son medios de comunicación válidos para KIPESA los medios de comunicación electrónica (Redes Sociales: Facebook, Instagram, TikTok, etc.), ATL (radio). El presente reglamento será publicado en la página web oficial de KIPESA https://kia.com.ni/
Para cualquier consulta relacionada con los términos y condiciones de esta promoción, los participantes podrán comunicarse al teléfono 2222 4444 o al correo electrónico [[email protected]].
NOVENA: RESPONSABILIDAD Y MODIFICACIONES:
KIPESA se reserva el derecho de modificar, suspender o cancelar total o parcialmente la promoción y/o el presente reglamento, por causas justificadas o de fuerza mayor, sin que ello genere responsabilidad alguna frente a los participantes y clientes. Cualquier modificación será debidamente comunicada de forma pública por los medios oficiales de la empresa, y declarará desierta la promoción, previa notificación a las autoridades competentes en materia de Protección al Consumidor.